El SOAT es un Seguro Obligatorio para todos los vehículos automotores que transitan por el territorio nacional, ampara los daños en la integridad física o mental que se causan a las personas en accidentes de tránsito, incluye los vehículos extranjeros que circulan por el territorio nacional.
No quedan comprendidos los vehículos que circulan sobre rieles y los vehículos agrícolas e industriales, siempre y cuando no circulen por vías o lugares públicos por sus propios medios.
Las entidades aseguradoras que cuentan con autorización para la explotación del SOAT están obligadas, sin excepción, a aceptar y expedir dicho seguro obligatorio.
En tal virtud, cualquier conducta directa o indirectamente tendiente a rechazar la expedición del seguro resulta contraria a la normatividad vigente y por ende constituye una práctica ilegal.
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